ACUERDOS DE NIVEL DE SERVICIO
CONFIDENCIALIDAD
La información contenida en este documento sus anexos y la suministrada por otros medios durante el proceso, es y permanecerá como, propiedad de la parte emisora, y se considera de carácter confidencial, por lo tanto, la parte receptora (sus filiales, subsidiarias, o compañías vinculadas), se compromete a:
No divulgarla a terceros, salvo que: (i) tenga autorización escrita de la parte emisora (ii) deba ser divulgada en desarrollo de una obligación legal.
Adoptar todas las precauciones necesarias para la guarda de la confidencialidad de la información, incluyendo las instrucciones dadas a sus empleados que de cualquier forma deban tener acceso a la información, en el sentido de que dicha información es confidencial, y que no debe ser revelada a terceros
Utilizar la información confidencial sólo para el desarrollo del proceso. El uso para fines distintos queda expresamente prohibido
No utilizar la información confidencial para, con fundamento en la misma, prestar servicios a terceros, o competir directamente con la prestación de servicios iguales o similares a los servicios que presta la parte emisora.
De conformidad con lo dispuesto en la ley 256 de 1996 de la República de Colombia, y las demás normas que la adicionen o modifiquen, se considerará desleal la divulgación de la información amparada por esta notificación, constituyendo tal irregularidad una grave infracción al mismo, sancionable de acuerdo con lo previsto en la citada ley, y sin perjuicio de las sanciones que otras normas establezcan.
CARACTERÍSTICAS DEL MODELO DE ATENCIÓN